2 de enero de 2012

REFORMA DO CONGRESO


Ley de Reforma del Congreso de 2011
 (Enmienda a la Constitución)

1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato. 2. El diputado contribuira a la Seguridad Social. Todo el mundo (pasado, presente y futuro) actualmente en el fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la S.Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.

3. El diputado debe pagar su plan de jubilación, como todos los españoles.

4. El diputado dejará de votar su propio aumento de salario. 5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos españoles 6 El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles

7. Servir en el Congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas), después irse a casa y buscar empleo.

ADEMAS DE LO ANTERIOR HAY QUE PREDICAR CON EL EJEMPLO, POR LO QUE ANTES DE ADOPTAR NINGUNA MEDIDA DE SUBIDA DE IMPUESTOS, EL GOBIERNO DEBERIA:

Revisar a la baja los salarios de diputados, senadores y altos cargos del Gobierno Central y de las Autonomías.

Reducir en un 50% las dietas y gastos de representación de diputados y senadores.

Suprimir el 90% de los vehículos oficiales tanto en el Gobierno, como en las Autonomías y Ayuntamientos.

Suprimir diputaciones y el Senado.

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